desalojos

Un desalojo, significa jurídicamente, obligar a través de las vías legales, a abandonar un inmueble por parte de quien no tiene derecho a ocuparlo, ya sea porque nunca lo tuvo o ya haya vencido el derecho a ocupación del mismo, a instancias de quien tiene, supuestamente, sobre ese inmueble un derecho legítimo.

Los demandados, pueden ser tanto intrusos, inquilinos con contrato vencido o que adeuden alquileres o no hayan cumplido las obligaciones de uso debido de la cosa, deudas que hayan llevado al remate de la propiedad, etcétera.

El juicio de desalojo puede promoverse por determinadas causales como:
– Incumplimiento de cláusula/s en un contrato de alquiler
– Vencimiento de un contrato de locación
– Usurpación
– Falta de pago de alquiler o expensas.

En aquellos casos en los cuales exista conjuntamente una deuda (ej. deuda por alquileres), podrá promoverse esta acción conjuntamente con la de desalojo.