Retito transitorio por invalidez
El Retiro transitorio por Invalidez es un beneficio otorgado por el organismo previsional (Anses o Cajas de Jubilaciones Provinciales) a un trabajador o autónomo incapacitado para trabajar.
El grado de incapacidad, si bien generalmente es del 66% de incapacidad física o psíquica, se debe realizar la sumatoria de la totalidad de las incapacidades de la persona que gestiona el beneficio
Para aquellas personas que tengan una incapacidad del 33% durante 10 años, cumpliendo una serie de requisitos legales, pueden obtener una minusvalía, con un haber similar al de una jubilación ordinaria (conforme ley 20475).
Estos beneficios suponen una especie dentro de las diversas situaciones en las cuales la sociedad ha reclamado la asistencia por parte del estado para afrontar contingencias que provocan un serio menoscabo en la salud psicofísica de los trabajadores y autónomos.
Requisitos para el otorgamiento del retiro transitorio por invalidez
1. Incapacidad física o psíquica del 66% o más;
2. No tener la edad y años de aportes para jubilarse.
Contar con 12 meses de aportes en los últimos 60 meses y tener el 50% de los aportes jubilatorios; o 18 meses dentro de los últimos 36 meses; o 30 meses dentro de los últimos 36 meses.
